lunes, 19 de octubre de 2009

Exclusión de las mujeres en la Ciudad de México

Hablamos de la exclusión en lo urbano, luego al contexto mexicano y luego se quedo la labor de circunscribir una idea de la exclusión en la ciudad de México hacia las mujeres. La posición nos parece infundada, pero la labor esta dictada por lo que nos remitimos a expresar lo relativo a esa exlusión.

Inicialmente se dijo que hay formas en la construcción fisica del espacio y en la disposición legal que invitan a la exclución. Lugares publicos que se vuelven de circulación y evitan el disfrute que evitan la apropiación libre (no poder estar mucho tiempo o dormir en una banca), lugares con obstáculos físicos que incentivan la aporpiación recurrente y poco extendida de los lugares públicos (vallas por ejemplo), desaparición de servicios e infraestructura asociadas a experimentar la ciudad y usufructrarla (por ejemplo largas carretaeras o vías rápidas sin banquetas, para el primer caso, para els egundo por ejemplo la falta de baños). Y así sucesivamente, en tales términos debemos equiparar a la exclusión de la mujer. Existe una discriminación para acceder a argos públicos, por el tipod e educación que reciben las muejres como han señalado algunas feministas, pero de entender condiciones que en la contemporaniedad tienden a desaparecer como elementos excluyentes de la estrutura social nos parece por lo menos muy aventurado. ¿Qué tipo de exclusión socio-urbana se da en el DF a las mujeres? ¿Acaso se le inhibe en alghuna actividad de forma especifica, existen condiciones que nos ean historicas para evaluar así el DF?

En nuestra opinión si existe una forma de exclusión que no es historica, la publicidad. Dentro de la publicidad en el Df se suele considerar esterotipos, en especial sexuales, que sirvan de referente para el consumo masculino, y las muejres sona sedias por aquellos mensajes, empujandolas a no particpar activamente en la configuración del mercado. Por otra parte debemos moderar tal hecho pues hay que considerar que esos estereotipos no sóloe xcluyen a muejres, sino a morenos, índigenas, y a mexicanos pofundamente consertinos e involucrados en su cultura. Lo cual reduce de cierta forma la relevancia teorica, poner mujeres tipo europeo es más bien un reflejo del desprecio por lo nacional, más que hacia las mujeres. çpor otra oparte si cuando empezó la revolución femenina se invoco qiue las mujeres además del trabajo ahora hacían la labor de la casa, en realdiad es una tendencia que ahora tiende a revertirse, participando el hombre en actividades hogareñas, pero manteniedo la caballerosidad y protección y otros debres varoniles a las muejres, así como sostenimiento del hogar, aunado a una explotación sexual mayor, la conseravción de derchos prefrenciales como pro ejemplo la custodia de los menores y a para colmo con políticas de equidad de genero que sin tocar muchas veces la realidad tienden a mantenerse o crecer sin una intervención real hacia una equidad en favor cada vez más de las mujeres (cuotas de género, vagones de metro semivacios cuando los de uso común van a reventar, comisiones legislativas, institutos, comisión propia de derechos, entre otros que juntos se combianan en una red más excluyente y que proporciona méritos para que se mantenga la dependencia de ayudas extra-socio-culturales) . La exclusión contemporanea de las mujeres entonces es suceptible de suspicazias. Empero finalmente es cierto que en el ambito laboral las mujeres siguen siendo excluidas por el embarazo y por menores salarios en puiestos equivalentes.

El isntituto de las muejres del distrito federal reporta lo que a continuación transcribo, sobre la mujer en el marco de la ciudad:

El Encuentro Internacional de Ciudades Seguras para las Mujeres, en el marco del Programa Regional Ciudades sin Violencia para las Mujeres: Ciudades Seguras para Todos y Todas , declara que :

  1. El derecho de las mujeres a la ciudad implica el ejercicio pleno de su ciudadanía, a partir del reconocimiento y respeto de los derechos humanos de las mujeres.
  2. El cambio de la cultura patriarcal es el cimiento de nuevas sociedades equitativas, democráticas y justas, que permitirán a las mujeres vivir una vida libre de violencia y el disfrute igualitario de los derechos.
  3. Las acciones sociales, políticas y culturales que busquen la eliminación de prejuicios, estereotipos, lenguaje sexista y/o misógino, contribuyen sustantivamente a la erradicación de todas aquellas conductas y prácticas que propician la violencia y discriminación contra las mujeres.
  4. La planeación y el rediseño de las ciudades para generar espacios que permitan superar la cultura del temor propicien una convivencia basada en el respeto y uso democrático y seguro de los mismos deben incluir la participación directa de las mujeres.
  5. Las acciones, programas y políticas públicas gubernamentales deben orientarse al rechazo firme y diligente de la violencia contra las mujeres en el ámbito público y privado en todos sus tipos y modalidades, tanto en el nivel de prevención, atención, acceso a la justicia, tipificación de los delitos, sanción, así como en la reparación del daño.
  6. Los gobiernos de las ciudades están obligados a garantizar el derecho de las mujeres a desarrollarse en los espacios privados y públicos –laborales, educativos, comunitarios, recreativos e institucionales- bajo condiciones de igualdad y equidad, gozando de políticas públicas que busquen la satisfacción de sus necesidades, así como de una procuración e impartición de justicia de forma rápida y expedita.
  7. Es impostergable identificar la violencia institucional que provoca la doble victimización que viven las mujeres por parte de las instituciones públicas judiciales y policiales que, al omitir, obstaculizar, impedir o dilatar el acceso al disfrute de sus derechos humanos.
  8. El cumplimiento del Sistema de Protección de los Derechos Humanos de las Mujeres implica el establecimiento de obligaciones orientadas a disminuir la brecha de desigualdad entre mujeres y hombres, propiciando y fortaleciendo políticas orientadas a erradicar la violencia contra las mujeres basadas en una estrategia de transversalidad de género en los diferentes ámbitos de los gobiernos de las ciudades.
  9. El desafío de avanzar en ciudades seguras para beneficio de todas y todos, sólo podrá realizarse mediante estrategias conjuntas, interdisciplinarias e interinstitucionales, diseñadas a partir de diagnósticos, investigaciones y debates públicos plurales.
  10. Es corresponsabilidad de la sociedad impulsar y vigilar el cumplimiento del ejercicio del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, propiciando una participación activa de las mujeres.
  11. Nos comprometemos, en el marco de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al diseño e implementación de políticas públicas orientadas no sólo a reducir y erradicar la violencia contra las mujeres, sino también para contribuir en la disminución de la percepción de temor en el espacio público que viven las mujeres, e impulsar estrategias para fortalecer la confianza en las instituciones.

No hay comentarios:

Publicar un comentario